¿SE DESBUROCRATIZÓ Y SIMPLIFICÓ EL PROCESO DE REGISTRO MARCARIO?
A partir del DNU 27/18 y su sustitutiva ley 27.444 de Simplificación y Desburocratización para el Desarrollo productivo de la Nación, se sucedieron varias normas que fueron implementando las modificaciones dispuestas al sistema de registro marcario (Resoluciones INPI 183/18, 250/18, 265/19, decreto reglamentario 242/19 y Resolución 123/19, entre otras)
El objetivo de esta reforma fue agilizar los trámites, acortar plazos, evitar dilaciones innecesarias, desjudicializar procesos de oposiciones, reducir cargas para los administrados y facilitar el acceso público al registro de activos intangibles. A más de un año de estas modificaciones, nos preguntamos si en la práctica se ha cumplido con las metas propuestas.
Según información del propio organismo, lejos de reducirse, algunos plazos del procedimiento se incrementaron. Por ejemplo, tal como lo ilustrara el Dr. Gallo en las XXXIII JORNADAS ANUALES DE PROPIEDAD INDUSTRIAL organizadas por AAAPI, en los últimos meses la brecha entre las marcas presentadas y concedidas se venía agrandando considerablemente.
En el año 2018 se concedieron poco más de 30.000 marcas cuando en otras épocas se concedía casi el doble. La demora promedio en la concesión de una marca rondaba últimamente en dos años. En relación a las publicaciones, actualmente están tardando más de 5 meses, cuando en otras ocasiones se había logrado estandarizar en tres meses e incluso menos.
Cabe acotar, que parte de estas dilaciones viene acumulándose desde el año 2016, cuando se puso fin al plan de productividad que otorgaba incentivos a los empleados y se redujo la planta de personal, dado que quienes pasaron a situación de retiro no fueron reemplazados por nuevos empleados. Para solucionar los problemas, en las últimas semanas se implementó un sistema de estudio de fondo simplificado de solicitudes de marcas que no sufrieron oposiciones ni objeciones oficiales, lográndose en tan solo una semana la concesión de 8.000 registros. En igual sentido, se está trabajando en la implementación de un nuevo sistema de ingreso de solicitudes, que incluirá un código de barras para aquellas que se impriman y se presenten en formato papel.
En relación a la presentación de oposiciones, se redujo considerablemente el número de presentadas (más de la mitad) las que a su vez, sólo son ratificadas en un 25%. Esto puede obedecer a la onerosidad de las tarifas que se aplicaron para la presentación y posterior ratificación de oposiciones. Aun con la reducción de presentaciones, la modificación integral del sistema requiere todavía de la adaptación de todas las partes involucradas. En primer lugar, del INPI, quien tuvo que asumir las funciones que antes correspondían a la justicia, debiendo analizar las posiciones de las partes, la prueba ofrecida y resolver en consecuencia (A la fecha de este informe aún no hay resoluciones del INPI). Pero también de las partes, que muchas veces continúan actuando como si estuvieran en sede judicial y pretenden el diligenciamiento de medidas probatorias, a veces innecesarias, que lejos de agilizar, entorpecen el procedimiento. Según informó el organismo, si bien se contrataron 6 nuevos “resolvedores” para este área, se requiere asignar mayores recursos para implementar correctamente el sistema. Claramente, y más allá de las buenas intenciones de las normas, los cambios requieren tiempo y recursos. Podría decirse que estamos en buen camino pero que todavía falta mucho para alcanzar los objetivos propuestos.
Rosario, octubre de 2019
Alvarez y Asociados
#RegistrodeMarcas
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